No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de proceso, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Mediador. Se condena a la clínica https://avvocatopenalereatifiscal33209.blogofoto.com/60921368/fascinación-acerca-de-abogado